¿Qué cubre?

  • Daños materiales a la edificación.

  • Daños materiales a los acabados o a los elementos no estructurales.

  • Costos de reparación y refuerzo.

  • Gastos de demolición y remoción de escombros.

  • Costos de estudios de análisis de vulnerabilidad.

  • Gastos relacionados con arrendamientos temporales.

¿Qué cubre?

¿Cómo hago una reclamación?

Información de interés en caso de siniestro

En caso de siniestro, comunícate lo más pronto posible con Seguros Mundial en Bogotá al teléfono 3274712 / 3274713, en el resto del país 01 8000 111 935. Al presentar la reclamación, el Asegurado y/o Beneficiario deberá acreditar la ocurrencia del  siniestro de conformidad con el artículo 1077 del Código de Comercio.


Igualmente, puede enviar información sobre el siniestro al correo electrónico siniestros-ingen-lineasfinan@segurosmundial.com.co, indicando número de póliza, descripción del siniestro acontecido,  circunstancias en las que sucede el siniestro, registros fotográficos, videos o cualquier otro tipo de soporte con el que se cuente.

 

Comentario a tener en cuenta:

Maquinaria Segura, Todo Riesgo Construcción y Montaje y Decenal: Debemos incluir el correo electrónico, por medio del cual se recepcionan los avisos de reclamación y la documentación mínima, la cual, adjunto al presente correo y  se encuentra debidamente organizada por amparo a afectar, Es importante informar que, la documentación aquí relacionada es la documentación mínima la cual nos 
permitirá proceder con las validaciones iniciales además de la apertura del caso en nuestro sistema, sin embargo, durante el proceso de análisis y atención del siniestro, se solicitarán documentos adicionales a los que haya lugar. 

 

Correo electrónico: siniestros-ingen-lineasfinan@segurosmundial.com.co Tel: 3102746052 

Proceso para Asegurar su Proyecto

Es un requisito indispensable para obtener tu garantía decenal, es necesario que el proyecto no haya iniciado obra.

 

Para la cotización de tu seguro requerirás:

  • Si deseas tomar el Seguro Decenal además del Seguro de Todo Riesgo Construcción y Montaje, debes Diligenciar la solicitud de Seguro Decenal. Descargar el formulario aquí.

 

Adjuntar a la solicitud de seguro la siguiente documentación:

  • Informe Geotécnico o Estudio de Suelos donde se identifique claramente la profundidad de la excavación, composición o textura del suelo, posibilidades de inundación o nivel freático.
  • Recomendaciones del Estudio de Suelos.
  • Memoria Descriptiva del proyecto, características y descripción del proyecto.
  • Planos Generales del proyecto.
  • Presupuesto con desglose de valores y especificación de los metros cuadrados construidos.
  • Cronograma del Proyecto.
  • Acta de Vecindades en los casos que se requiera el amparo de RC.
  • Experiencia y Hoja de Vida del Constructor.
  • Estados Financieros de los dos últimos años.
  • Adicionalmente para el Seguro Decenal deberás Indicar la firma con la que realizó la revisión o supervisión de diseños y la firma con la que realizará la supervisión técnica independiente durante el proceso constructivo.

Recibirás un SLIP de condiciones técnicas y económicas

 

Posteriormente, para la expedición de tu póliza será necesario:

Los requisitos mínimos para poder otorgar cobertura en el Seguro Decenal son:

  • Existencia de la licencia para construir otorgada por la curaduría de la ciudad o Municipio.
  • Control de la obra por revisor de diseños y supervisor técnico aceptado por la Compañía Aseguradora.
  • Entrega del informe de revisión de diseños.
  • Entrega del informe de Definición de Riesgos emitido por el supervisor técnico.
  • Estos documentos también los requerirás para el Seguro Decenal, o en caso de tomar solamente el Seguro de Todo Riesgo Construcción y Montaje:
  • Formulario de conocimiento del cliente GCR -2-R-1.
  • Cámara de comercio.
  • Cedula ciudadanía (para entidades jurídicas la del Representante legal)
  • Rut

 

Supervisores Técnicos independiente para el Seguro Decenal 

 

Descarga aquí el formulario 

 

La NSR10, en el título I, establece que el Supervisor técnico independiente es el profesional, ingeniero civil o arquitecto o constructor de ingeniería o arquitectura, bajo cuya responsabilidad se realiza la supervisión técnica de la obra desde el comienzo hasta su finalización.  

Las firmas de Supervisión Técnica Independiente deberán contar con el aval de la Compañía y reasegurador para la aceptación y suscripción del riesgo o proyecto donde realizamos un análisis del cumplimiento de la experiencia y de su conocimiento.  

Dicha validación se realiza hasta que la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, dentro de sus funciones, fije los mecanismos y procedimientos para demostrar la experiencia profesional de los Supervisores técnicos independientes.  

 

Que lo digan ellos

Nuestros clientes nos cuentan su experiencia

Con Seguros Mundial la experiencia es completamente diferente. Su atención al cliente y rapidez en la gestión de mis necesidades son excepcionales.

María González

Gracias a Seguros Mundiales, entiendo muy bien estos temas y lo recomiendo 10/10

Karen Cubillos

La verdad estaba un poco perdida con el tema del seguro de vivienda. Seguros Mundial me guió paso a paso ¡de verdad gracias!

Diana Sánchez

Yo no he tenido muy buenas experiencias con las aseguradoras, pero con mundial fue otro cuento.

Juan Perez

Preguntas Frecuentes

Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistente (NSR10)
Ley 400 de 1997
Ley 1796 de 2016
Decreto 1077 de 2015
Decreto 945 de 2017
Decreto 1203 de 2017 Decreto 282 de 2019

Este seguro aplicará principalmente a Proyectos de Edificaciones Residenciales o uso mixto, con sistemas y materiales de construcción tradicionales. Cualquier proyecto que se pretenda asegurar deberá tener el control del Revisor de Diseños y Supervisor Técnico Independiente.

Los perjuicios patrimoniales que sufra el comprador de vivienda nueva, en el evento en el que la edificación sufra daños materiales que hagan que esta colapse, perezca, o amenace ruina.

El comprador de vivienda nueva, o quien ostente la calidad de propietario en el momento de un siniestro.

La persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado. El Constructor y/o el Promotor o Enajenador de Vivienda Nueva.

Este seguro aplica para proyectos que superen 2.000 metros cuadros o que tengan más de 5 unidades habitacionales.

10 años a partir del cumplimiento de las siguientes obligaciones de carácter suspensivo: 1) Pago de la totalidad de la prima por parte del tomador; 2) entrega del Certificado técnico de ocupación, 3) entrega del Informe final del supervisor técnico; 4) declaración de parte del tomador sobre el valor definitivo de la edificación.

Es el documento emitido por el Supervisor Técnico Independiente bajo gravedad de juramento, en el que se certificará que la obra contó con la supervisión correspondiente y que la edificación se ejecutó de conformidad con los planos, diseños y especificaciones técnicas, estructurales y geotécnicas exigidas por el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistente (NSR10) y aprobadas en la respectiva licencia de construcción.

La persona, natural o jurídica, independiente del constructor y aceptada por el Asegurador, encargada de realizar la Supervisión Técnica. El Supervisor Técnico debe ser calificado, acreditado y registrado de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Si, contamos con un procedimiento de evaluación que dispone una serie de parámetros, directrices y lineamientos necesarios para llevar a cabo la evaluación de firmas especializadas en la revisión de diseños y supervisión técnica independiente. Para más información, contactar a nuestra área de riesgos (riesgostecnicos@segurosmundial.com.co).

Se debe hacer antes de iniciar la ejecución, ya que no es posible asegurar proyectos que tengan avance de obra.

Corresponde al costo de reconstrucción de la edificación, es decir, los costos directos, los gastos para la realización de nuevos diseños y los costos legales. NO el valor comercial de la edificación.

Será máximo del 0,5% del valor asegurado, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 282 de 2019.

Se deben presentar el formulario de Solicitud de Seguro, memoria Descriptiva del proyecto, informe Geotécnico o Estudio de Suelos, presupuesto con costos directos e indirectos, memoria de cálculo del diseño estructural, memoria de revisión del diseño, cronograma del proyecto con 0% de ejecución, planos estructurales, experiencia del constructor, estados financieros de los dos últimos años y indicar la firma con la que realizará la supervisión técnica independiente.

No. De acuerdo con el decreto 282 la póliza deberá ser irrevocable, permanente, liquida y suficiente y no podrá terminarse de mutuo acuerdo ni revocarse unilateralmente.

A la aceptación del riesgo se debe pagar el 20% al 30% y el 70% o el 80% restante a la emisión del certificado de entrada en vigor de la POLIZA. 10 días de plazo para pago.

NO. el riesgo de amparar los daños materiales que sufran la edificación que hagan que, colapse, perezca o amenace ruina, no se encuentran contemplados actualmente en otros seguros.