¿Qué cubre?

  • Responsabilidad Civil Extracontractual.

  • Pérdida Total por Daños.

  • Pérdida Parcial por Daños.

  • Pérdida Total por Hurto.

  • Pérdida Parcial por Hurto.

  • Terremoto y Eventos de la Naturaleza.

  • Amparo Patrimonial.

  • Asistencia Jurídica en proceso penal o civil.

  • Auxilio por Muerte accidental del conductor.

  • Asistencia en viaje (grúa).

  • Obligaciones Financieras – Aplica solo en onerosos.

  • Auxilio por Paralización del VH.

  • GAP Brecha Patrimonial (Opcional).

  • RCE en Exceso (Opcional).

¿Qué cubre?

¿Cómo hago una reclamación?

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Información de interés en caso de siniestro

De conformidad con los artículos 1053, 1077 y 1080 del Código de Comercio, corresponderá al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la pérdida, si fuere el caso y al asegurador le corresponderá demostrar los hechos o circunstancias que sean excluyentes de su responsabilidad.

 

Por otra parte, el Asegurador deberá pronunciarse frente al reclamo dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aún extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador.

 

Si vencido el plazo del mes el asegurador no ha objetado de manera seria o fundada, o pagado el reclamo, la póliza acompañada de la reclamación, prestará mérito ejecutivo y dará derecho al asegurado además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la Superintendencia Financiera aumentado en la mitad.

 

Derecho de subrogación del asegurador: De conformidad con lo establecido en el artículo 1096 del Código de Comercio, el asegurador que pague una indemnización, se subrogará (puede ejercer las acciones legales) hasta por el valor pagado, en los derechos del asegurado contra las personas responsables del siniestro.

1. ¿Cómo presento mi reclamación?

Debes descargar el formato, imprimir y anexar los documentos de acuerdo a:

 

Aviso de Siniestro Daños Materiales Vehículos
Si en el accidente fue afectado únicamente tu carro (daño de latas).
Descarga el formulario aquí.

 

Aviso de Siniestro Lesiones - Homicidio
En caso de lesiones u homicidio ocasionados por el accidente.
Descarga el formulario aquí.

 

Aviso de Siniestro Daños Materiales mueble / inmueble
En caso de que los daños sean a bienes muebles e inmuebles ocasionados por el accidente. 
Descarga el formulario aquí.

 

2. ¿Qué debo tener en cuenta para la reclamación por daños?

Debo tener presente que este paso sólo aplica para Daños materiales Vehículo.

 

  1. Debes ser el propietario del vehículo o estar autorizado mediante poder autenticado.
  2. Expertos en ingeniería mecánica evaluarán los daños ocasionados por el accidente, así como validar si las piezas pueden ser reparadas o no.
  3. Ten en cuenta que hay una porción llamada deducible*, que la compañía aseguradora no puede cubrir porque según lo pactado será asumida por el asegurado.


*Este valor puede estar entre 1 y 6 Salarios Mínimos Legales Vigentes o entre el 10% y 20% del valor de la liquidación.

4. ¿Cuándo recibo respuesta?

La respuesta se dará en máximo 1 (un) mes calendario a partir de la presentación de los documentos completos.


Qué tipos de respuestas te daremos:


Aprobado: Realizaremos un ofrecimiento económico de acuerdo con nuestro análisis. Una vez presentado los documentos para el pago, el mismo se realizará en máximo 10 días hábiles.


No aprobado: El resultado del análisis determina que el siniestro no cuenta con cobertura y se enviará una carta con la explicación detallada.

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Documentos, formularios e instructivos

Que lo digan ellos

Nuestros clientes nos cuentan su experiencia

Con Seguros Mundial la experiencia es completamente diferente. Su atención al cliente y rapidez en la gestión de mis necesidades son excepcionales.

María González

Gracias a Seguros Mundiales, entiendo muy bien estos temas y lo recomiendo 10/10

Karen Cubillos

La verdad estaba un poco perdida con el tema del seguro de vivienda. Seguros Mundial me guió paso a paso ¡de verdad gracias!

Diana Sánchez

Yo no he tenido muy buenas experiencias con las aseguradoras, pero con mundial fue otro cuento.

Juan Perez

Preguntas frecuentes

Te debes comunicar a la Línea en Bogotá 3274712 / 327 47 13 o en la Línea Nacional 018000111935 marcando la opción 1 y luego la opción 2 y dar aviso de lo sucedido, allí Te indicarán los pasos a seguir.

En la línea de atención de siniestros se dará una guía al asegurado y se le direccionará el acompañamiento requerido.

No, esta póliza no cubre daños al vehículo asegurado, sólo cubre los eventos que se le generen a terceros tales como daños, lesiones y muerte.

Es la parte que en caso de un siniestro siempre correrá por cuenta del asegurado, es decir, la parte que pagará el asegurado para tener derecho a la indemnización.

La prima es el costo que tiene el seguro para el cliente. Es decir es el valor que el cliente pagará para gozar de la protección.

No, el SOAT sólo cubre lesiones, muerte e incluso gastos funerarios, mientras que la póliza de RCE cubre incluso los daños causados a los bienes de los terceros y en la parte de lesiones y muerte, la póliza de cubre en exceso la del SOAT.

En una póliza de RCE, el beneficiario es el tercero que resulta afectado en un accidente de tránsito, en donde el asegurado resulte responsable.