El tomador/afianzado de una póliza de cumplimiento es el contratista que ejecuta las actividades descritas en el contrato. El asegurado/beneficiario es la entidad contratante quien tiene el interés asegurable, pues es el que sufriría un perjuicio en caso de incumplimiento por parte del tomador/afianzado.
Cumplimiento
Nuestras pólizas de cumplimiento buscan proteger e indemnizar al asegurado/ beneficiario por los perjuicios que se puedan derivar del incumplimiento de las obligaciones del tomador de la póliza.
¿Por qué lo necesito?
En Seguros Mundial te ofrecemos el respaldo ideal para garantizar la ejecución de contratos y el cumplimiento de disposiciones legales, tanto para entidades particulares como estatales.
¿Qué cubre?
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Seriedad de oferta.
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Cumplimiento del contrato.
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Buen manejo y correcta inversión del anticipo.
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Devolución del pago anticipado.
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Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
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Calidad del bien o servicio y correcto funcionamiento de los equipos.
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Estabilidad y calidad de la obra. Calidad del servicio.
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Calidad del servicio.
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Pólizas de responsabilidad civil extracontractual.
Beneficios
¿Cómo lo adquiero?
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¿Cómo hago una reclamación?
Información de interés en caso de siniestro
De conformidad con los artículos 1053, 1077 y 1080 del Código de Comercio, corresponderá al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la pérdida, si fuere el caso y al asegurador le corresponderá demostrar los hechos o circunstancias que sean excluyentes de su responsabilidad.
Por otra parte, el Asegurador deberá pronunciarse frente al reclamo dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aún extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador.
Si vencido el plazo del mes el asegurador no ha objetado de manera seria o fundada, o pagado el reclamo, la póliza acompañada de la reclamación, prestará mérito ejecutivo y dará derecho al asegurado además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la Superintendencia Financiera aumentado en la mitad.
Derecho de subrogación del asegurador: De conformidad con lo establecido en el artículo 1096 del Código de Comercio, el asegurador que pague una indemnización, se subrogará (puede ejercer las acciones legales) hasta por el valor pagado, en los derechos del asegurado contra las personas responsables del siniestro.
Trámites para el pago del siniestro
El asegurado debe demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida.
El pago del siniestro es efectuado dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite su derecho, incluso extrajudicialmente.
El asegurado debe demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida.
El pago del siniestro es efectuado dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite su derecho, incluso extrajudicialmente.
Consulta el trámite que deben seguir los consumidores para obtener el pago del seguro en caso de siniestro (PDF).
Medios de pago
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Requisitos
Que lo digan ellos
Nuestros clientes nos cuentan su experiencia
Preguntas frecuentes
El seguro de Cumplimiento nace de la necesidad de contribuir al desarrollo del país, buscando garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones establecidas entre el contratante y el contratista, con el fin de evitar un detrimento patrimonial de quien contrata.
Los documentos que respaldan la cobertura y las condiciones de aseguramiento son: la póliza y las condiciones generales adjuntas a ella (Clausulado).
Para dar respaldo al afianzado debemos conocer ampliamente su situación comercial, jurídica, financiera y su experiencia. Adicionalmente, debemos conocer el contrato o disposición legal, ya que en éste se definen las obligaciones que respaldamos y los alcances de los amparos de nuestras pólizas.
Por el derecho de recobro que tiene le asiste a la compañía de seguros en caso de pago de un siniestro.