Te debes comunicar a la Línea en Bogotá 3274712 / 327 47 13 o en la Línea Nacional 018000111935 marcando la opción 1 y luego la opción 2 y dar aviso de lo sucedido, allí te indicarán los pasos a seguir.
Conduce Tranquilo Colectivo
Es una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual dirigida a propietarios de vehículos livianos, pesados de carga y motos, que no cuenten con una protección todo riesgo, ya sea porque el vehículo no es asegurable en otras compañías por políticas, marca, clase o modelo; o simplemente por decisión del propietario.
Con este producto se podrán asegurar:
- Livianos de hasta 40 años.
- Pesados de hasta 45 años.
- Motos de hasta 10 años.
*Este producto aplica para pólizas colectivas e individuales.
¿Por qué lo necesito?
Porque es una opción de bajo costo que te protege en caso de accidente de tránsito ya que tienes la tranquilidad de no pagar los daños materiales o lesiones que le puedas causar a otros, lo cual protege tu bolsillo.
¿Qué cubre?
-
Daños a bienes de terceros.
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Lesiones o muerte a una persona.
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Lesiones o muerte a dos o más personas.
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Asistencia en Viaje (Opcional).
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Asistencia Jurídica.
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Perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales, como lucro cesante y daños morales.
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Amparo Patrimonial.
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Asistencia en Viaje (Opcional).
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Auxilio Patrimonial por Pérdida Total (Opcional).
Beneficios
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¿Cómo hago una reclamación?
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Información de interés en caso de siniestro
De conformidad con los artículos 1053, 1077 y 1080 del Código de Comercio, corresponderá al asegurado demostrar la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la pérdida, si fuere el caso y al asegurador le corresponderá demostrar los hechos o circunstancias que sean excluyentes de su responsabilidad.
Por otra parte, el Asegurador deberá pronunciarse frente al reclamo dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aún extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador.
Si vencido el plazo del mes el asegurador no ha objetado de manera seria o fundada, o pagado el reclamo, la póliza acompañada de la reclamación, prestará mérito ejecutivo y dará derecho al asegurado además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la Superintendencia Financiera aumentado en la mitad.
Derecho de subrogación del asegurador: De conformidad con lo establecido en el artículo 1096 del Código de Comercio, el asegurador que pague una indemnización, se subrogará (puede ejercer las acciones legales) hasta por el valor pagado, en los derechos del asegurado contra las personas responsables del siniestro.
1. ¿Cómo presento mi reclamación?
Debes descargar el formato, imprimir y anexar los documentos de acuerdo a:
Aviso de Siniestro Daños Materiales Vehículos
Si en el accidente fue afectado únicamente tu carro (daño de latas).
Descarga el formulario aquí.
Aviso de Siniestro Lesiones - Homicidio
En caso de lesiones u homicidio ocasionados por el accidente.
Descarga el formulario aquí.
Aviso de Siniestro Daños Materiales mueble / inmueble
En caso de que los daños sean a bienes muebles e inmuebles ocasionados por el accidente.
Descarga el formulario aquí.
2. ¿Qué debo tener en cuenta para la reclamación por daños?
Debo tener presente que este paso sólo aplica para Daños materiales Vehículo
- Debes ser el propietario del vehículo o estar autorizado mediante poder autenticado.
- Expertos en ingeniería mecánica evaluarán los daños ocasionados por el accidente, así como validar si las piezas pueden ser reparadas o no.
- Ten en cuenta que hay una porción llamada deducible*, que la compañía aseguradora no puede cubrir porque según lo pactado será asumida por el asegurado.
*Este valor puede estar entre 1 y 6 Salarios Mínimos Legales Vigentes o entre el 10% y 20% del valor de la liquidación.
4. ¿Cuándo recibo respuesta?
La respuesta se dará en máximo 1 (un) mes calendario a partir de la presentación de los documentos completos.
Qué tipos de respuestas te daremos:
Aprobado: Realizaremos un ofrecimiento económico de acuerdo con nuestro análisis. Una vez presentado los documentos para el pago, el mismo se realizará en máximo 10 días hábiles.
No aprobado: El resultado del análisis determina que el siniestro no cuenta con cobertura y se enviará una carta con la explicación detallada.
Por favor escríbenos al siguiente correo en caso de una reclamación:
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Por eso te ofrecemos otros productos que te podrían interesar sin que debas regresar al inicio.
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Preguntas frecuentes
En la línea de atención de siniestros se dará una guía al asegurado y se le direccionará el acompañamiento requerido.
No, esta póliza no cubre daños al vehículo asegurado, sólo cubre los eventos que se le generen a terceros tales como daños, lesiones y muerte.
Es la parte que en caso de un siniestro siempre correrá por cuenta del asegurado, es decir, la parte que pagará el asegurado para tener derecho a la indemnización.
La prima es el costo que tiene el seguro para el cliente. Es decir es el valor que el cliente pagará para gozar de la protección.
No, el SOAT sólo cubre lesiones, muerte e incluso gastos funerarios, mientras que la póliza de RCE cubre incluso los daños causados a los bienes de los terceros y en la parte de lesiones y muerte, La póliza cubre en exceso a la del SOAT.
En una póliza de RCE, el beneficiario es el tercero que resulta afectado en un accidente de tránsito, en donde el asegurado resulte responsable.